[ROSA #02] Cien años de Presos Políticos en Chile: desde los subversivos de 1920 a la actual Revuelta

El siguiente escrito busca indagar en la actual situación de los “presas y presos políticos de la Revuelta”, preguntándonos por quienes son, en qué contexto fueron detenidos y qué actividades realizan en la actualidad, ya sea en su cotidianidad carcelaria, como en torno a su liberación. Para esto fue necesario realizar una breve conceptualización de lo que entendemos por prisionera y prisionero político (PPP), comparando dichas experiencias con los anteriores ciclos de la prisión política en Chile (siglo XX-XXI).

por Nicolás Acevedo Arriaza

Imagen / Protestas en Santiago de Chile, 2019. Fotografía de César Sanhueza S.


Ese 3 de enero del 2020, Muriel, como varios viernes atrás, salió de su trabajo para reunirse con su pareja y su cuñado, Christian y Rodrigo Sanhueza, respectivamente. Aquella tarde las expectativas en la Plaza Dignidad eran altas, ya que se conmemoraba un nuevo aniversario del asesinato del estudiante mapuche Matías Catrileo. Según El Mercurio, miles de personas se reunieron en la Alameda, lo cual a esa altura no era una novedad. En los últimos meses, la principal arteria de la capital no conocía lo que el gobierno llamaba “orden público”. Lo novedoso fue que cientos de personas atacaron la iglesia San Francisco de Borja después que Carabineros se retiró del lugar, supuestamente sobrepasados por las circunstancias. Al día siguiente vinieron las declaraciones de indignación: “estamos muy golpeados”, afirmó el General de Carabineros, Mario Rozas, solicitando que la ciudadanía se apartase de “estos delincuentes”. El subsecretario de Interior, señaló que fueron tres los detenidos por aquel siniestro, avaluando los daños en más de setenta millones de pesos.[1] Para las autoridades era más doloroso una edificación que la vida o los ojos de los manifestantes.

Muriel desde su casa recuerda aquella tarde:

“Y vimos que se estaba quemando la iglesia, y dijimos: ‘vamos a mirar’. Fuimos a mirar los tres, con nuestras mascarillas antigases, antiparras. Llegamos por la Alameda y mirábamos cómo se quemaba la iglesia. En eso empezó la policía a reprimir, empezaron a tirar lacrimógenas, balines, había mucha gente celebrando lo que estaba pasando y me perdí de mis compañeros. Después nos juntamos a los veinte o treinta minutos en Ramón Corbalán con Alameda. Me contaron que habían reprimido mucho, que habían tirado balines… Al final no pasó nada y cómo tenemos una hija pequeña, a las nueve y media dijimos: ‘vamos a buscar a la niña, para que tu mamá no nos rete’. Fuimos a buscar el auto”.[2]

Muriel piensa en las eternas preguntas: ¿Y si el auto lo hubiésemos dejado en otro lugar? ¿Y si ese día no hubiéramos ido? Aquel viernes, como las veces anteriores, Muriel intentó estacionarse a varias cuadras de la zona cero, pero esta vez no encontró cupo y debió hacerlo cerca del Café Literario (Av. Bustamante). Hasta allí llegaron y se fueron a la comuna de Maipú, hasta que frenaron en Portugal casi llegando a Av. Matta. Esperaron que el semáforo diera “verde”, pero este no llegó a hacerlo.

“Y de los cuatro autos que estaban alrededor de nosotros se bajan con pistolas, con chaleco antibalas, con pistolas, apuntando: ‘arriba las manos, arriba las manos; bájense, bájense’. Muy violentos. Yo en ese momento no entendía lo que estaba pasando, pensé que era un asalto. Entonces les dije: ‘llévense el auto, pero no nos hagan nada, suéltennos, suéltennos’. Mi pareja, con mi cuñado, se bajaron por el otro lado, y yo gritando, no entendía lo que pasaba. Y en eso miro, y estaban apresando a mi cuñado, lo estaban esposando. Y en ese momento yo entendí que era la policía. En eso me pedían que me subiera a otro auto con ellos y yo le decía que no me iba a subir con ellos, porque ellos eran hombres, porque estaban violando, porque ellos torturaban, como que me empecé a defender con eso. Y llegan dos mujeres y me dicen: ‘amiga, tranquila, yo te voy a ayudar, pero súbete al auto’. Y también eran pacas infiltradas. Entonces yo no sabía en ese momento en quien confiar, porque todos eran pacos. Me subieron al auto, a cada uno en autos diferentes y nos llevaron a la 33 comisaria”.[3]

En ese momento comenzó la prisión política de los hermanos Christian y Rodrigo Sanhueza.

El siguiente escrito busca indagar en la actual situación de los “presas y presos políticos de la Revuelta”, preguntándonos por quienes son, en qué contexto fueron detenidos y qué actividades realizan en la actualidad, ya sea en su cotidianidad carcelaria, como en torno a su liberación. Para esto fue necesario realizar una breve conceptualización de lo que entendemos por prisionera y prisionero político (PPP), comparando dichas experiencias con los anteriores ciclos de la prisión política en Chile (siglo XX-XXI). Imposibilitados de recibir visitas, producto de la pandemia del Covid-19, entrevistamos a Muriel, pareja de Christián Sanhueza y participante de la Organización de Familiares y Amigos de los Prisioneros Políticos (OFAPP), recientemente formada a partir del nuevo ciclo de prisión política a partir de la “Revuelta” desde el 18 de octubre del año pasado. Dicha entrevista, por la misma situación sanitaria debió realizarse por video llamada.

1. ¿Qué es vivir la Prisión Política? 

¿Qué significa ser prisionera o prisionero político? Muriel nunca se había hecho esta pregunta, ni menos se imaginó que su pareja formaría parte de los llamados “Presos de la Revuelta”. ¿A dónde los llevarían? ¿Quiénes lo recibirían? ¿Cuánto duraría esta pesadilla? La primera semana desde la detención de los hermanos Sanhueza fue mucha culpa para su familia: “comí nada, no te tomai un vaso de bebida tranquilo, pensando en ellos: ‘no están tomando esto’. No te fumai un cigarro. Entonces, al principio es muy difícil”, recuerda Muriel. Su pareja, Christian Sanhueza, y su hermano Rodrigo, pasaron la noche en la 33° Comisaría en la comuna de Ñuñoa, siendo llevados al otro día al control de detención. Allí el juez dictó arresto domiciliario, mientras durara los setenta días de investigación. La fiscalía, como en otros casos anteriores apeló y la Corte de Apelaciones decretó la prisión preventiva. No lo podían creer, lo acusaban de porte y confección de bomba molotov. Ambos fueron llevados a Santiago 1, una cárcel creada el 2005 por el sistema de concesiones, donde los recibieron decenas de prisioneros en el módulo 14. Es allí donde se congregan los “prisioneros de la Revuelta” desde el 18 de octubre del año pasado, quienes tuvieron que ganarse un espacio con el resto de la población. Al principio, sin conocer códigos ni a los otros reos, los primeros detenidos tuvieron fricciones y tensiones, pero finalmente lograron instalar una nueva prisión política en Chile.

Ser prisionera y prisionero política (PPP) es una denominación “subjetiva”, sobre todo porque apela a una experiencia y no necesariamente a un principio jurídico. En la mayoría de las veces, ésta es defendida por las mismas personas afectadas y por quienes los apoyan. En cambio, los gobiernos, ya sea democráticos como dictatoriales, niegan su existencia, utilizando otras nomenclaturas para mencionar a estas personas, dependiendo del contexto en que nos encontremos. En Chile, a comienzos del siglo XX, el gobierno de Juan L. Sanfuentes catalogó de “subversivos” a los estudiantes anarquistas detenidos en julio de 1920; mientras que la dictadura militar y la prensa oficialista denominaba de “extremistas” a los integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez. El objetivo, en estos casos, era eliminar el sentido político de la acción ejercida por los detenidos, haya sido una proclama o la colocación de una bomba en una torre de alta tensión. Así ocurre actualmente con los detenidos de la Revuelta, por lo que el gobierno de Piñera niega la existencia de PPP. Así lo afirmó el Intendente de Santiago, Felipe Guevara, quien se refirió a los hechos del 3 de enero en la Iglesia San Francisco de Borja: “Aquí ocurrió delincuencia pura y dura, vándalos delinquiendo en contra de una iglesia”.[4] Entonces, ¿en qué circunstancias existen presos políticos?

Una alternativa es fijarnos en la naturaleza del delito o las razones “políticas” en que lo cometieron. Según la abogada colombiana, Laura Espinosa Marcka, la existencia de los PPP está íntimamente ligada a la construcción del Estado y su intento de conservar la gobernabilidad. De esta manera, serían los gobiernos quienes calificarían los delitos de “políticos” o “comunes”, dependiendo si buscaban la transformación del Estado.[5] Por ejemplo, a comienzos del siglo XX, el Estado chileno decidió expulsar a cualquier extranjero que propagara una “doctrina incompatible con la unidad o individualidad de la Nación”, pensando principalmente en anarquistas y comunistas. Para ello legisló la Ley de Residencia en 1918, la cual se ocupó por primera vez con el español Casimiro Berríos en 1920.[6] En cambio, treinta años después, la Ley de Defensa Permanente de la Democracia definió que el peligro estaría en toda organización, como el Partido Comunista, que llame a un gobierno opuesto a la Democracia. Así fueron encarcelados y quitados sus derechos ciudadanos a miles de personas hasta 1958 con la modificación de dicha ley.[7]

Al contrario, otra alternativa sería enfocarnos desde la propia subjetividad de los PPP, donde la categoría no estaría marcada sólo por los motivos de su detención, sino además por la actitud y opción de vivir la prisión. Así lo definió Guillermo Ossandón, dirigente del MAPU-Lautaro, mientras estaba en la Cárcel de Alta Seguridad en 1996: “entiendo mi encarcelamiento como un capítulo de un libro abierto que no se ha terminado de escribir (…) En la lógica lautarina, la cárcel, como todos los espacios, es una trinchera de vida y lucha para hacer y vivir la subversión”.[8] En lo práctico, esto significaba una serie de actividades culturales, sociales, educativas y de movilización, que los diferenciaban del resto de los otros presos.  Según Muriel, en la actualidad, los “presos de la Revuelta”, además de pertenecer a una “carreta social”[9], han generado una serie de actividades para crear conciencia en el penal.

“Ellos adentro se organizan en carreta, ellos son de la carreta social. Ellos se mueven mucho en el tema social, hacen charlas; hicieron una biblioteca, que están formando de a poco, entre los mismos presos políticos. Se educan, conversan entre ellos, de las experiencias, porque hay de todo tipo de gente, hay activistas, explican sus movimientos, como lo hacen afuera. Y desde la política no partidista, sino de la política que se vive”.

En ese sentido, más que convertirnos en jueces o calificadores de quien merece la categoría de “preso político”, debemos comprender la prisión política desde el contexto histórico en que se produce y tomando en cuenta la propia experiencia de quienes se definen como tal. Para esto no preguntamos: ¿Quiénes son actualmente los detenidos y detenidas en el llamado “estallido social”? Según Muriel, su pareja y cuñado son presos políticos porque, a pesar de tener antecedentes una “intachable conducta anterior”, siguen detenidos. “El hecho de que esto haya pasado en una revuelta, que el país se haya levantado, se haya despertado, hayan querido que estas cosas cambien, y lo que ellos estaban manifestando su malestar, lo hace ser presos políticos. Eso es lo que ellos entienden que son presos políticos lo que están haciendo”. En otro contexto, según ella plantea, estarían libres.

Fuente: Organización de Familiares y Amigos de Presos Políticos.

2. Un nuevo ciclo de prisión política

Sólo la pandemia pudo detener la revuelta iniciada en octubre del año pasado, dejando a cientos de personas con detención preventiva por ser un supuesto “peligro para la sociedad”. Según datos oficiales entre el 18 de octubre y el 18 de febrero de este año se contabilizaron 11.466 eventos entre desordenes, saqueos, marchas y ataques a comisarías de Carabineros.[10] El fenómeno no estuvo sólo alojado en las grandes ciudades, sino en todo el territorio nacional, llegando a unas 25.564 detenciones entre octubre y marzo del 2020.[11] De ellas, según fuentes del Ministerio de Interior, continúan con detención preventiva alrededor de 1.600 personas, esperando que se concluya la investigación. [12] Según organizaciones como la Coordinadora por la Libertad de los prisioneros políticos 18 de Octubre, estos podrían llegar a ser 2.500, quienes estarían corriendo el riesgo de contagiarse de Covid-19. “Estas medidas desproporcionadas responden a una política de Estado de encarcelar masivamente a quienes han buscado romper con esta falsa paz social impuesta por lxs poderesxs y así criminalizar las justas demandas sociales y apagar una revuelta que amenaza el orden de los ricos”, dirían en un comunicado recientemente.[13] Esta acusación se debe a que, como ocurrió con los hermanos Sanhueza, a pesar que los magistrados han aplicado la libertad vigilada o domiciliaria, la Fiscalía ha pedido insistentemente la detención preventiva porque considera que los hechos ocurridos desde el 18 de octubre han tenido una connotación más vandálica que política.[14] ¿Se está criminalizando la protesta social?

Esto no sería algo nuevo. Para Raúl Zarzuri, en una investigación de diez años atrás, el Estado chileno viene criminalizado a los movimientos sociales, sobre todo después de la desmovilización de los años noventa. Con el surgimiento de las protestas de estudiantes secundarios en el 2001 y 2006, la represión se enfocó principalmente a la “detenciones en protestas masivas”, llegando a 6.613 entre abril del 2006 a abril del 2008.[15] En la actualidad las cifras se dispararon de manera abrumante: sólo en el Estado de Emergencia, entre el 18 y 27 de octubre de 2019, fueron detenidas 9.023 personas.[16] ¿Quiénes eran? ¿A qué composición social representan? ¿Cuáles eran sus edades? ¿Tenían militancia política? La actual información que tenemos es precaria, sobre todo entendiendo que no existe un listado definitivo y detallado de quienes serían los detenidos en el marco de la Revuelta. Pero, con riesgo de equivocarnos, podríamos aventurarnos a plantear algunas hipótesis.

Un camino tentativo sería realizar una deducción a partir de lo que no son. A diferencia de ciclos pasados en la historia de la prisión política en Chile, actualmente no existen dirigentes políticos ni sindicales detenidos a partir de la Revuelta. Con esto no queremos plantear que las organizaciones de trabajadores o partidos de izquierda no hayan participado, pero queda la sensación que no tuvieron un rol protagónico. Esto marca una primera diferencia entre los PPP del siglo XX, donde la fuerza principal de detenidos eran trabajadores y trabajadoras organizadas, sobre todo con militancia política. Un ejemplo de esto fue en la dictadura de Carlos Ibáñez del Campo (1927-1931), donde se detuvieron a militantes políticos (anarquistas y comunistas) y representantes de la clase obrera, ya sea acusándolos de movilizaciones, huelgas o complot político. Los espacios ocupados para confinarlos o aislarlos fueron cárceles, campos de concentración, islas y pueblos del sur y norte del país para los relegados.[17] Esta dinámica continuó con los gobiernos de Gabriel González Videla, Jorge Alessandri y Eduardo Frei Montalva, siendo Clotario Blest un ícono de la lucha sindical, sobre todo como presidente de la Central Única de Trabajadores (CUT). Al contrario, actualmente no existen dirigentes políticos ni sindicales detenidos, sino sólo jóvenes populares, estudiantes y trabajadores formales e informales, que, en su mayoría, no tienen militancia en partidos institucionales. Esto sería reflejo de las propias características de la Revuelta, un movimiento inorgánico, con expresiones diversas y un fuerte arraigo en los territorios. De alguna manera, esta característica ha permitido una masividad inaudita en las movilizaciones, pero a la vez ha obstaculizado la coordinación de todos los PPP y sus familiares.

Otra diferencia, esta vez con respecto a los PPP de la dictadura, es que los actuales detenidos se les acusa por hechos de violencia, pero de baja intensidad: saqueos, uso de molotov, desórdenes públicos, etc.  Según el Informe de Prisión Política y Tortura, la mayoría de los PPP entre 1983-1990 pertenecía a partidos políticos u organizaciones armadas (PCCh, Frente Patriótico Manuel Rodríguez, MIR y en menor grado el PS, Izquierda Cristiana y MAPU-Lautaro) y fueron condenados, sea la Justicia Civil y Militar, por la ley de Seguridad interior del Estado, la ley Antiterrorista, esta última creada en 1984.[18] Sus detenciones se dieron en el contexto de las protestas populares y en una lucha radical en contra la dictadura. La principal fuerza social fueron los militantes de partidos políticos y organizaciones sociales, provenientes de los movimiento de pobladores y estudiantes, y en menor grado de las organizaciones de trabajadores.[19] El grado de violencia aplicada no es un dato menor, producto que algunos de PPP tuvieron preparación paramilitar e hizo uso de armas de fuego en acciones de saqueos, robos a camiones de productos de alimentos, vestimenta, bancos, ajusticiamientos, etc., En el caso actual, muchos de los PPP son acusados por porte o confección de bombas incendiarias, las cuales son penas con tres a cinco años de cárcel desde el 2015.[20] Las actuales prisiones preventivas, sentenciadas por la Corte de Apelaciones, son parte de este aparato jurídico que ha criminalizado las protestas sociales y pareciera una especie de revancha contra la Revuelta.

Los recintos carcelarios también cambiado. En dictadura los hombres fueron relegados a distintos puntos del país, teniendo una presencia importante en la cárcel Pública de Valparaíso y Santiago. Las mujeres que fueron detenidas en la capital estuvieron en los reciento de San Miguel y Santo Domingo. Aunque los tratos y condiciones de salud eran deplorables, los PPP pudieron trabajar y recibir amplias visitas de amigos y familiares, gracias a su constante lucha.[21] Con la llegada de la transición y los primeros gobiernos de la Concertación se desplegó una serie de medidas para desarticular a las organizaciones armadas que continuaron operando, ya sea parte del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, un conjunto de organizaciones miristas y el MAPU-Lautaro. Una de estas medidas fue la creación de la Cárcel de Alta Seguridad (CAS) para los hombres y la Centro de Orientación Femenina para las mujeres.[22] Aunque su sistema de seguridad y de visitas en locutorios nunca logró consolidarse, el fin de ese ciclo de PPP (1990-2005), permitió que los próximos detenidos fueron sometidos al plan original, en donde las visitas son sumamente restringidas, tanto en la CAS, como en la nueva la Cárcel de Máxima Seguridad y Santiago 1.[23]

Así lo ha vivido Muriel, quien lleva a su hija de dos años a ver a Christian Sanhueza:

“Las visitas son de tres horas, pero nunca son las tres horas. Porque te dejan pasar justo a las dos, hay una fila tremenda, tienes que pasar el carnet (…) Yo me imaginaba otras cosas, como en el patio, pero es un pasillo largo, donde hay muchas bancas, y están todos los presos con sus familias. Se vive un buen ambiente, porque la mayoría son presos políticos y la gente nos conocemos afuera, porque tenemos organizaciones, porque tenemos contactos. Entonces se vive un buen ambiente, adentro nos reímos, cantamos, la gente te colabora con otras cosas (…) Hay mucha comunidad allá adentro. Nosotros vamos con mi hija, cuando íbamos y mi hija también lo pasa super bien, y la misma gente hace que ella tenga un ambiente más tranquilo, como que la hacen reír, gente que nunca en mi vida haya visto, tiene mucha buena voluntad de hacer que las cosas funcionen bien”.

La situación de su hija ha sido lo más difícil, necesitando una ayuda profesional para poder explicarle. “Las dos primeras semanas me preguntaba por el papá, yo no sabía cómo responderle, mi suegra le respondía que andaba trabajando, que había ido a comprar”. Christian, a pesar de estudiar y trabajar, estaba my presente en la vida de su hija, cambiando esta realidad abruptamente. “La primera visita que ella tuvo vio al papá y salió corriendo: ‘papá, papá’, gritaba. Lo vio, lo besó, lo abrazó y después lo miró y no los pescó en toda la visita. Entonces el psicólogo me decía que eso claramente es que ella está enojada con él”.

Con la llegada de la pandemia provocada por el Covid-19, las organizaciones de familiares y amigos de los PPP (OFAPP, Coordinadora 18 de Octubre; Guacoldas) han solicitado la revocación de las prisiones preventivas por detención domiciliar, en espera de las eternas investigaciones que realiza el Ministerio Público.[24] “El tema de la coyuntura es un tema importante- diría Muriel-, porque adentro de la cárcel no hay medidas sanitarias mínimas para que ellos puedan tener lo básico”. El alcohol gel y el cloro están prohibido dentro de las encomiendas, a pesar de que ya existen más de 48 contagiados en todos los recintos del país, entre ellos Santiago 1 y Puente Alto.[25] ¿Qué explicación puede existir? Los Tribunales de Justicia han actuado con revanchismo y discriminación, teniendo una consideración diferente con los carabineros acusados de violación a los derechos humanos en pleno Estallido. Así ocurrió con la muerte de Camilo Catrillanca y la pérdida de visión de Gustavo Gatica y Fabiola Campillai, en donde no habría policías procesados o no estarían en prisión preventiva.[26] En cambio, la pesadilla continúa de cientos de jóvenes y sus familias, por causas que probablemente antes de la Revuelta no hubiese significado prisión preventiva.[27]

Fuente: Organización de Familiares y Amigos de Presos Políticos.

La Florida, 20 de abril de 2020.

 

[1] “Queman iglesia de Carabineros y saquean cripta de mártir en jornada con nueva táctica policial”, El Mercurio, Santiago, 4 de enero de 2020, Cuerpo C, p.1; “Prisión preventiva para presunto autor del incendio a iglesia de Carabineros”, El Mercurio, Santiago, 5 de enero de 2020, Cuerpo C, p.1.

[2] Entrevista a Muriel, Santiago, 1 de abril de 2020, Videollamada.

[3] Entrevista a Muriel, op. cit.

[4] “En picada: intenso despliegue comunicacional del Gobierno y Carabineros para condenar quema a iglesia San Francisco de San Borja”, El Mostrador, 4 de enero de 2020. Sitio: www.elmostrador.cl

[5] Laura Espinosa Marcka, “una mirada al delito político, sustento de la existencia de los presos y presas políticos”, Principia IURIS, N°20, julio de 2013, pp. 150-166.

[6] Raymond Craib, Santiago subversivo 1920. Anarquistas, universitarios y la muerte de José Domingo Gómez Rojas, Lom Ediciones, 2018, pp. 37-85. La ley en: Brian Loveman y Elizabeth Lira, Arquitectura política y Seguridad Interior del Estado 1811-1990, Dibam- Universidad Alberto Hurtado y Centro de Investigación Diego Barros Arana, Santiago, 2002, pp. 82-83.

[7] Brian Loveman y Elizabeth Lira, Las ardientes cenizas del olvido. Vía chilena de Reconciliación Política 1932-1994, Lom Ediciones- DIBAM, Santiago, 2000. Ley en: Loveman y Lira, Arquitectura… op. cit., pp. 139-161.

[8] Gaspar Domínguez Montaner y Paz Larraín Aldunate, “El MAPU-Lautaro. Hijo descarriado de la Izquierda Chilena”, tesis para optar al título de Licenciado en Comisión Social, Universidad Diego Portales, Santiago, 1997, pp. 124-125.

[9] “La Carreta” es un grupo de prisioneros que comparte los alimentos y otros enseres cotidianos.

[10] “Carabineros cifra en 11.466 los eventos asociados a la crisis”, La Tercera, Santiago, 18 de febrero de 2020, p. 3.

[11] “Solo cuatro eventos graves en abril: Pandemia cambia escenario del control del orden público”, El Mercurio, Santiago, 13 de abril de 2020, Cuerpo C, p. 7.

[12] Ministerio de Interior y Seguridad Pública, “Informe actualizado del estado de la situación al 6.3.2020”, Secretaría de Derechos Humanos, Santiago, 10 de marzo de 2020. Sitio: www.scribd.com

[13] Coordinadora por la Libertad de los prisioneros políticos 18 de Octubre, “Algunas palabras desde la Coordinadora 18 de octubre sobre el rol de la Corte de Apelaciones”, 17 de abril de 2020. Sitio: https://www.facebook.com/Coordinadora18deoctubre

[14] “Hay un nivel de organización destinada a realizar acciones vandálicas, pero no vemos un propósito político”, La Tercera, Santiago, 29 de febrero de 2020, pp. 18-19.

[15] Raúl Zarzuri, “Algunos ejes interpretativos sobre los movimientos sociales y la represión de la protesta social en Chile”, en: Kathirin Buhl y Claudia Korol (Orgs.), Criminalización de la protesta y de los movimientos sociales, Instituto Rosa Luxemburg, Sao Paulo, octubre de 2008, p. 118.

[16] Instituto Nacional de Derechos Humanos, Informe Anual sobre la situación de los Derechos Humanos en Chile en el contexto de la crisis social. 17 de octubre- 30 de noviembre de 2019, INDH, Santiago, 2019, p. 60. Sitio: bibliotecadigital.indh.cl

[17] Jorge Rojas Flores, La dictadura de Ibáñez y los sindicatos (1927-1931), DIBAM-Centro de Investigaciones Diego Barros Arana, Santiago, 1993, pp. 35-45.

[18] Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura, Informe de la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura, La Nación, Santiago, 2005.

[19] Viviana Bravo Vargas, Piedras, barricadas y cacerolas. Las jornadas nacionales de protesta. Chile 1983-1986, Ediciones Universidad Alberto Hurtado, Santiago, 2017; Mario Garcés Durán, Pan, trabajo, justicia y libertad. Las luchas de los pobladores en dictadura (1973-1990), Lom Ediciones, Santiago, 2019.

[20] Ley 20.813, modificación Ley N° 17.798, de control de armas y el código procesal penal, 6 de febrero de 2015. Sitio: www.leychile.cl; “Proyecto de ley de armas busca penar con 15 años uso de explosivos en delitos”, La Tercera, Santiago, 15 de diciembre de 2014, p. 14.

[21] Gabriela Richards, Calugas. Correspondencia de una joven chilena presa política en dictadura, Ceibo ediciones, Santiago, 2012; Teo Saavedra y Anne Proenza, Fuga en Santiago. Escape desde la Cárcel Pública, Ceibo ediciones, Santiago, 2015.

[22] Pedro Rosas Aravena, Rebelión, Subversión y prisión política. Crimen y castigo en la transición chilena” Lom Ediciones, Santiago, 2004.

[23] Para abordar la prisión política Mapuche ver: Fernando Pairicán Padilla, Malón. La rebelión del Movimiento Mapuche. 1990-2013, Pehuén Editores, Santiago, 2014; Para abordar la prisión política libertaria en: Tania Tamayo Grez, Caso Bombas: La explosión en la Fiscalía Sur, Lom Ediciones, Santiago, 2012; Julio Cortés Morales, Estruendo. La Asociación ilícita terrorista en la legislación chilena a la luz del “Caso Bombas”, y otros escritos sobre terrorismo y antiterrorismo, Ediciones Tempestades, Santiago, 2018.

[24] Carolina Trejo, “Los 2.500 presos de la Revuelta en Chile de los que no se hablan”, Sputnik News, 23 de marzo de 2020. Sitio: mundo.sputniknews.com

[25] “Aumenta tensión en cárceles: huelga de hambre y traslados de reos a otras unidades, por seguridad”, El Mercurio, Santiago, 9 de abril de 2020, Cuerpo C, p. 2.

[26] “Caso Gatica: sumario asegura que ‘no existe certeza’ de que Carabineros causaran lesiones”, Radio Cooperativa, 7 de abril de 2020; “El choque de versiones por la lacrimógena que dejó ciega a Fabiola Campillai”, La Tercera, Santiago, 9 de abril de 2020, p. 26; “Tribunal rebaja cautelares a carabineros acusados de abuso sexual contra estudiante”, El Dinamo, Santiago, 17 de abril de 2020. Sitio: www.eldinamo.com; “Ex GOPE Carlos Alarcón cambian prisión preventiva por arresto domiciliario”, 24 horas, TVN, 17 de abril de 2020; “Corte deja en libertad al exsargento Carlos Alarcón”, El Austral, Temuco, 18 de abril de 2020, p. 4.

Nicolás Acevedo Arriaza
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Doctor (c) en Historia, por la Universidad de Santiago de Chile, historiador. Se ha dedicado al estudio del movimiento campesino en el siglo XX y otras formas de lucha social popular en Chile.