8M: Ocho casos de patriarcado judicial que nos conmocionaron y una propuesta

A pesar de todos los cambios vertiginosos que hemos vivido en los últimos años, en términos de perspectiva de género, siguen existiendo muchos desafíos y la justicia aún está en deuda con las mujeres, infancias y adolescencias. Como AML Defensa de Mujeres queremos propiciar un debate sobre los sesgos patriarcales aún presentes en el ámbito de la justicia, revisitando ocho casos que nos conmocionaron como feministas y mujeres del derecho. En todos ellos la perspectiva de género brilló por su ausencia, vulnerando a quienes más amparo por parte de la justicia necesitaban: las víctimas. Situarlos en un mismo análisis, así como también observar las resistencias feministas a los sesgos patriarcales en cada uno de sus contextos, nos proponen un escenario en que el desafío de este 8 de marzo es plantear una defensa y profundización de la perspectiva de género en la justicia como un derecho humano a defender.

por AML Defensa de Mujeres

Imagen / Ensayo de la performance Un violador en tu camino en la Alameda Central, Ciudad de México, noviembre 2019, Wikimedia México. Fuente


Ad portas de un nuevo #8M 2021, desde AML Defensa de Mujeres revisitamos ocho casos –tristemente actuales– que nos conmocionaron, en los que la perspectiva de género en la litigación brilló por su ausencia, vulnerando a quienes más amparo por parte de la justicia necesitaban: las víctimas. En una reflexión jurídica en torno a casos como el de “la revuelta de la tanga” en Irlanda, la muerte de Lucía Pérez en Argentina y la agresión a Nabila Rifo en Chile, entre otros hechos en que los derechos jurídicos de las víctimas fueron severamente vulnerados, observamos también la indignación y movilización de las comunidades de mujeres próximas a estos hechos, o afines a éstos alrededor del mundo. Situarlos en un mismo análisis, así como también observar las resistencias feministas a los sesgos patriarcales en cada uno de sus contextos, nos proponen un escenario en que el desafío de este 8 de marzo es plantear una defensa y profundización de la perspectiva de género en la justicia como un derecho humano a defender.

 

“La víctima era muy fea para ser violada” (Italia, 2019)

“Demasiado masculina, fea y poco atractiva para ser violada”: esto indicó un tribunal italiano al momento de absolver a dos condenados por violar a una mujer, causando indignación en el país y el mundo el año 2019. Posteriormente la sentencia fue revisada por el Ministerio de Justicia italiano, pero el daño ya estaba hecho. Es lo que ocurre cuando las causas son tramitadas a partir de los estereotipos de género.

Este caso alertó al mundo sobre la necesidad de erradicar la idea de que los atributos de las mujeres “provocan” la violencia en los varones, por ende, sería la belleza lo que causaría la violación y no una decisión y acto conciente del violador. Al asumir este estereotipo como cierto, sólo las mujeres con determinada apariencia serían violadas, algo que sabemos que no funciona de este modo en la realidad cotidiana. Estos planteamientos sexualizan las violaciones, trasladando la responsabilidad de ellas desde el victimario a la víctima, como cuando se afirma que es “su violación”, naturalizando la agresión como un episodio propio de “la mujer”. Estas ideas colisionan rotundamente con los estándares internacionales, que procuran constantemente desmontar los esquemas desiguales de poder entre lo masculino y lo femenino, y como discursos vigentes en el seno de la sociedad se tornan una forma de violencia contra las mujeres.

En torno a este caso, el fiscal a cargo Sergio Sottani indicó: se debe evitar que “las palabras que se utilizan puedan constituir una forma más de violencia contra la mujer”, en este caso en el lugar de la víctima de violación, y rechazó que “la falta de atracción sexual del presunto violador respecto de la víctima pueda representar un elemento en apoyo a la falta de responsabilidad”.

 

“La revuelta de la tanga” (Irlanda, 2018)

“Es necesario preguntarse si las pruebas descartan la posibilidad de que ella se sintiera atraída por el acusado y estaba abierta a conocer y estar con alguien. Hay que mirar la manera en que estaba vestida. llevaba una tanga con un lazo por delante” fue el argumento utilizado por la defensa para absolver a un hombre de 27 acusado de violar a una adolescente de 17 en Cork, Irlanda. El fallo causó tal indignación social que las mujeres del país y el mundo salieron a las calles y poblaron las redes sociales para manifestar su descontento, repudiando esta doble vulneración contra la víctima y todas las mujeres, a quienes se alecciona con la idea de que sufrir violencia dependerá de cómo visten, relevando de su responsabilidad al agresor.

Una cuestión en la que pocas veces se repara en que los deberes que emanan de los pactos o convenciones internacionales tienen como destinatarios a todas las autoridades de los Estados signatarios. Ello incluye, por cierto, a las y los jueces en su conjunto. Una sentencia de esta naturaleza en un país firmante de tratados internacionales por los derechos humanos y la igualdad expone al Estado en cuestión a responsabilizarse ante entidades internacionales por la violación de sus clausulas. Es por ello que resulta urgente capacitar a cada persona a cargo de la administración de la justicia en un país respecto de la perspectiva de género, sus aplicaciones y alcances, a fin de no profundizar el daño causado en las víctimas de la violencia machista.

 

Lucía Pérez y el inicio del #Niunamenos (Argentina, 2018)

El 8 de octubre de 2016, los imputados habrían llevado a la joven argentina de 16 años Lucía Pérez Montero a una vivienda donde fue drogada y abusada sexualmente hasta la muerte, para luego abandonar su cuerpo en un recinto hospitalario. El tribunal tomó como evidencia que Lucía no había sido violada o abusada sexualmente antes del ataque en cuestión, ello para probar que no había sido violada tampoco en el episodio que culminó con su deceso, agregando que “podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento” pues “era innegable que Lucía tenía una personalidad que distaba mucho de ser sumisa”. A la indolencia de los tribunales que absolvieron a los tres imputados por la violación y muerte, la madre de Lucía, Marta Montero, respondió a través de la prensa: “Esto es horrible y doloroso. La muerte de Lucía los condena sólo por la droga y no por su asesinato”.

La muerte de Lucía movilizó a miles de argentinas en el Primer Paro Nacional de Mujeres, Lesbianas, Travestis y Trans, que se movilizó en repudio al fallo y en reclamo de “¡Justicia por Lucía!”. El caso se convirtió en un referente para organizaciones feministas y de derechos humanos sobre la forma en que se están tipificando los delitos sexuales y el abuso infantil en Argentina, y de la necesidad de interpretarlos, investigarlos y juzgarlos incorporando la perspectiva de género y un horizonte de protección de las juventudes e infancias.

 

Ángela y su hija, 15 años para demostrar una desprotección (España, 2018)

“Quiero creer que a partir de ahora se hará más para proteger a los niños de la violencia de género”, dice Ángela González, quien intentó impedir que su hija Andrea tuviera visitas no vigiladas con su padre maltratador luego de que ambas huyeron de casa en 1999, pero no lo consiguió. Más tarde, cuando Andrea fue asesinada por su ex pareja en una de esas visitas en 2003, esta mujer emprendió un largo camino buscando justicia y reparación. Luego de 15 años, el Tribunal Supremo español reconoció la responsabilidad del Estado en el caso y obligó a indemnizarla.

La realidad judicial nos dice que cerca del 80% de las víctimas de violencia de género no denuncia. En una sociedad patriarcal, la violencia contra las mujeres no sólo se expresa mediante el maltrato directo, sino que además cobra otras formas, desplazándose a todo aquello a lo que las mujeres están apegadas o sobre lo que sienten afecto. A pesar de que es el Estado quien tiene el monopolio de la fuerza, existen dos ámbitos, el doméstico y el de la violencia de género en la pareja, donde el poder público ha permitido la violencia contra la mujer y su familia, confiando en que los mecanismos internos de dicha familia o pareja son suficientes para la solución del conflicto, Esta división pública/privada ha fracasado, alimentando la normalización e impunidad de la violencia de género y del maltrato infantil.

Es hora de derribar la idea de “no meterse” en los asuntos privados, narrativa que perpetúa violencia contra las mujeres e infancias y las naturaliza.

 

¡Justicia por Luchito! (Chile, 2020)

En marzo de 2020, en la Región de O’Higgins, apareció el cuerpo de un menor de 11 años apuñalado. Pocos días antes, Luchito se había ido a vivir con su madre y la pareja de ésta, lo que habría “desatado los celos” de su padre, que lo asesinó por venganza en Palmilla. Este caso es un claro ejemplo de “violencia vicaria”, manifestación en que los agresores “castigan” a las mujeres a través de sus hijos. El parricidio no es la única vía: a veces dañan al niño siendo negligentes en los cuidados, o no los devuelven a la hora pactada tras una visita, o los manipulan emocionalmente para vigilar a la madre y tendenciar su opinión, estas entre muchas otras actitudes observadas.

La violencia vicaria se sustenta a través de la justicia, pues ella hará prevalecer el vínculo del progenitor agresor con los/as hijos/as en común, por encima de cualquier otro interés o situación. Incluso por sobre las violencias ejercidas sobre la madre. Existen incluso interpretaciones perversas del “interés superior del niño/a” en que la madre víctima de agresiones debe exponerse a su agresor, y sus hijos/as deben obligadamente estar en contacto con el padre agresor y cumplir un régimen de visitas sin mayor precaución.

Si el conocimiento sobre la violencia de género en la mujer es escaso, en el caso de las infancias y juventudes es prácticamente nulo debido a la falta de capacitación en género, infancia y adolescencia por parte de quienes operan la justicia.

 

Su jefe la violó, la justicia le falló (Santiago, 2018)

En enero de 2018, la víctima y empleada de un bar en Linares -tras ser presionada a consumir alcohol- fue violada por Ricardo Vásquez Saldaña, quien fuera su jefe directo. Tras la denuncia y proceso, el Tribunal Oral en lo Penal decidió absolver al acusado, basándose exclusivamente en estereotipos de género como el consumo de alcohol en la víctima o el hecho de que haya decidido quedarse en la fiesta luego de su horario laboral.

Afortunadamente, la Corte de Apelaciones decidió anilar la sentencia y ordenó un nuevo juicio, condenando a Vásquez Saldaña a tres años y un día en la cárcel por el delito de violación. “La forma en la que se logró revertir la resolución del primer juicio y finalmente conseguir la condena se transforma en un hecho histórico para el movimiento feminista, al acreditarse la valoración de la declaración de la víctima, como prueba central de la causa, gracias a la perspectiva de género como instrumento para litigar y juzgar, lo cual permite un efectivo acceso a la justicia para las mujeres víctimas de delitos sexuales”, comentó Francisca Millán, abogada social de AML Defensa de Mujeres que llevó la representación de la víctima.

Estos son delitos que tienen alta complejidad probatoria por darse en forma privada y en contextos en que comúnmente gozan de una amplia impunidad. Pese a que actualmente existe un marcado aumento de las denuncias por violación, no ha habido un correspondiente aumento de condenas.

 

“Papito corazón”: el no pago de pensión de alimentos durante la pandemia (Chile, 2020)

¿Cómo va a ser lo mismo adeudar dinero a un banco que deberle dinero a tus hijos/as? Sin embargo, “el deudor de alimentos, que también puede ser deudor del sistema bancario, no se comporta igual en el ámbito público que en el espacio privado”, señala la magistrada de familia, Paz Pérez Ahumada. Las cifras apuntan a que el deudor del sistema bancario es un buen pagador, tanto así que el pago de las deudas crediticias aumentó en un 20% a propósito del primer retiro del 10% de los fondos de las AFP. Ello en contradicción a las escandalosas cifras de la deuda en materia de pensiones de alimentos.

Este incumplimiento constituye una lesión severa a los derechos de la infancia, una vulneración grave al principio de la repartición de las responsabilidades familiares, una forma de violencia económica y de precarización de la vida de las mujeres, además de una afectación onerosa al erario nacional.

La desigualdad golpea más duro a las mujeres, debido al no reconocimiento del trabajo de cuidados que recae principalmente en ellas. El trabajo doméstico y de cuidados no para en ningún momento, especialmente durante la pandemia, y a eso se suma en muchos casos la pérdida del ingreso económico laboral “formal”, lo que configura un auténtico círculo de sobreexplotación y empobrecimiento en las mujeres. Es por ello que el no pago de la pensión de alimentos se considera violencia económica hacia las mujeres madres y una forma de maltrato infantil hacia los/as hijos/as en común.

 

Nabila Rifo y el festín del morbo en los medios de prensa (Chile, 2016)

La madrugada del 14 de mayo de 2016, luego de ser brutalmente agredida, Nabila Rifo fue el centro de atención de los medios de comunicación masiva, que elucubraban diversas teorías en torno al ataque del que había sido objeto, todas las cuales la culpaban por lo sucedido, basándose en estereotipos de género y clase. Al tiempo que toda su vida fue expuesta públicamente, siendo juzgada y evaluada conforme a los estándares patriarcales del “ser mujer” y “buena madre”, los focos nunca fueron puestos sobre su agresor, Mauricio Ortega Ruiz, quien la había agredido y amenazado de muerte en múltiples ocasiones.

El juicio público sufrido por Nabila Rifo por “no cumplir” con los cánones de la feminidad impactó a tal punto su proceso en tribunales, que las agresiones sexuales denunciadas por ella misma no contaron como “pruebas suficientes” del hecho. Además de ello, los resultados de las pericias sexuales que se le realizaron fueron filtradas y dadas a conocer en profundidad de detalles en el matinal Bienvenidos de Canal 13, en la televisión abierta y en un horario abierto a toda teleaudiencia. La anulación de la sentencia de femicidio frustrado por parte de la Corte Suprema debido a la consideración de que no era posible acreditar la “intención de matar” pese a sus severas lesiones provocó indignación general a mujeres de todo el país, propiciando sendas movilizaciones contra el Poder Judicial en diversas ciudades de Chile.

Este caso removió al país completo en una reflexión sobre el tratamiento de los hechos de violencia de género como hechos noticiosos por parte de los medios de comunicación, pero también como hechos públicos por parte del Poder Judicial, planteando un mayor compromiso con la defensa de las víctimas, su derecho a la dignidad al pleno derecho a la justicia.

En el Día Internacional de Las Mujeres, reafirmamos nuestro compromiso por incorporar el enfoque de género a la administración de justicia, a fin de que esta no sea un agresor más para las mujeres, niñas/os y adolescentes del país.

 

Mujeres del mundo del derecho por la justicia con perspectiva de género: una convocatoria audiovisual

“A pesar de todos los cambios vertiginosos que hemos vivido, en términos de perspectiva de género, siguen existiendo muchos desafíos y la justicia aún está en deuda con las mujeres, infancias y adolescencias”. Así inicia el video que creamos como AML Defensa de Mujeres que invita a una serie de prominentes abogadas y juezas de distintas partes del mundo a pronunciarse por la necesidad de incorporar la perspectiva de género en cada etapa de la administración de la justicia, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de las Mujeres (8M).

En el video, accesible en este enlace en horas previas al 8 de marzo, participan referentes de la justicia de proyección internacional, como Gloria Poyatos (Magistrada Tribunal Superior de Justicia de Canarias, España), Sonia Vaccaro (Perito forense, autora del libro “El pretendido Síndrome de Alienación Parental, España), Ymay Ortiz (Directora Unidad de DDHH y violencia de género de la Fiscalía Nacional, Chile) y Adela Jiménez (Magistrada familiar del Tribunal Superior de Justicia Estado de Chihuahua, México, Claudia Caputi (Jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Argentina), además de las chilenas Bárbara Sepúlveda –abogada feminista fundadora de Abofem Chile–, Carla Valladares (Secretaria del Directorio Magistradas Chilenas), Erika Maira (Gerente de la División de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía, Chile y las socias de AML Defensa de Mujeres, Daniela López y Francisca  Millán.

“Como AML Defensa de Mujeres impulsamos esta iniciativa por una justicia con perspectiva de género para conmemorar este 8 de marzo, con el objetivo de visibilizar que, a pesar de todos los cambios que hemos vivido como sociedad, empujados por el movimiento feminista, en términos de perspectiva de género queda mucho por avanzar y la justicia sigue en deuda con las mujeres, infancias y adolescencias, al seguir situando la responsabilidad en la víctima por la agresión vivida, y primando la credibilidad del relato del agresor”, explica Daniela López, abogada y socia de la entidad.

La iniciativa busca poner acento en una de las formas de violencia que deja más daños y secuelas en las víctimas, que es la violencia institucional, constatable a diario en cada eslabón de la administración justicia, debido a la falta de preparación y capacitación de las y los profesionales a cargo.

Específicamente, son los tribunales de familia los principales perpetuadores de la impunidad en las causas de violencia contra la mujer, al poner en duda sus testimonios, al privilegiar los derechos de los agresores por sobre los de las víctimas, al desconocer las situaciones de discriminación que impactan de forma desproporcionada a las mujeres y juzgando las causas a partir de estereotipos sexistas.

Por último, el video pone foco en el entorno de privacidad e intimidad que rodea la mayoría de este tipo de causas. “El argumento de ‘lo privado’ es instrumental a la impunidad y al abuso de poder por parte de los actores de justicia, al no existir precisamente un control democrático de la sociedad, como sí ocurre con los tribunales penales, donde sus jueces tienen un ejercicio más estricto del Derecho nacional como internacional. Mantener la reserva en las causas de familia en Chile, replica la lógica autoritaria y de disciplinamiento del “pater familia’ sin ningún tipo de control por parte de un Estado de Derecho democrático, caldo de cultivo para la violencia institucional de género. Lo cual han ido erradicando en otros países”, explican desde AML Defensa de Mujeres.

“Este 8 de marzo buscamos impulsar en el debate público la necesidad de una justicia con perspectiva de género para que nunca más se revictimice a quien busca su amparo. No puede ser que las labores domésticas y de cuidado –en su mayoría realizadas por mujeres– sigan sin ser reconocidos por el Derecho y la justicia. No puede ser que primen los derechos de los agresores por sobre el de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, víctimas de su violencia”, sentencian las abogadas. Las abogadas, magistradas y peritos presentes en la pieza audiovisual buscan relevar cómo el Derecho y la justicia tratan a las mujeres de la misma forma que los hombres en una sociedad machista las tratan.

Además de esta pieza, las abogadas han compartido reflexiones en sus redes sociales sobre cómo ha impactado la ausencia de perspectiva de género en casos alrededor del mundo, como el de “la revuelta de la tanga” en Irlanda, el caso de Lucía Pérez en Argentina y el de Nabila Rifo, desde el 1 y hasta el 8 de marzo.

AML Defensa de Mujeres

Estudio jurídico privado de abogadas feministas dedicado a la defensa de las mujeres, fundado en Santiago de Chile en 2018.